jueves, 10 de julio de 2014

La noble causa Constituyente


Por Luis Manuel Aguana

La famosa y mal citada expresión acuñada a equivocadamente a Cervantes en El Quijote: “Si los perros ladran, Sancho, es  señal que cabalgamos” es la que cabe perfectamente en este tema de la Constituyente. Y en la medida que cabalgamos más, más ladran. Han surgido muchas más preguntas que las consabidas “¿Y con este CNE?” o “¿Pasar por otra lista de Tascón?”, que se responden solas cuando se entiende el concepto fundamental del planteamiento que estamos realizando en el Proyecto País Venezuela Reconciliada Vía Constituyente (http://proyectopaisviaconstituyente.blogspot.com/).

El 7 de Febrero de 2014, el Dr. José Vicente Haro, profesor universitario y Presidente de la Asociación Venezolana de abogados Constitucionalistas grabó un programa en EUTV con Mingo, Toque de Queda, explicando el concepto de Constituyente de Calle (ver nota del mismo nombre en http://ticsddhh.blogspot.com/2014/02/constituyente-de-calle.html).

Allí el Dr. Haro, además de detallar que es y que no es una Constituyente en palabras sencillas, se adentró en explicar que la “Constituyente de Calle” o el nombre que le queramos poner, NO ES LA CONSTITUYENTE ESTABLECIDA en la Constitución de 1999. Pareciera que esto agrega más confusión al tema y es todo lo contrario. El nombre “Constituyente de Calle” fue el bautismo que le hizo la Cátedra Pío Tamayo de la UCV a un proceso Constituyente que no se rige conceptualmente bajo las reglas establecidas en la Constitución de 1999 porque nace del Derecho Humano que tienen todos los pueblos de darse la forma de gobierno que desean, como lo hicieron los franceses en 1789, los norteamericanos en 1787 y nosotros mismos el 5 de Julio de 1811.

Es por eso que la Corte Suprema de Justicia de entonces reconoció ese Derecho de los venezolanos al redactar su famosa sentencia de 1999, en ponencia del Dr. Humberto La Roche, que dejaba paso a la realización de un Referéndum Consultivo para consultarle al pueblo si deseaba una Constituyente para redactar una nueva Constitución. Eso mato a la Constitución de 1961. Pero también Chávez así obtuvo su manera de controlar al país.

Al redactar la Constitución de 1999, el constituyente puso en blanco y negro ese derecho en el Artículo 347 constitucional que resulta ser tan obvio en relación al derecho de los pueblos de darse la forma de gobierno que desean, como si estuviera escrito en la Constitución que todo el mundo tiene el derecho a respirar.

Dado lo importante de este particular punto, me tome la libertad de concentrar en un video solamente el concepto de Constituyente de Calle a partir del programa de Mingo, que como les indique pueden llamarla como deseen, Constituyente Originaria, Constituyente Fundamental, Constituyente de Calle, etc. (ver video Constituyente de Calle en http://youtu.be/wmHFi7mVIvE). El concepto principal es que el Pueblo en su condición de depositario del Poder Constituyente Originario, no solo puede CONVOCAR a una Asamblea Nacional Constituyente para TRANSFORMAR al Estado, sino además crear un nuevo ordenamiento jurídico y REDACTAR una nueva Constitución. Nada menos…

Entonces, no es porque esté señalado en el Artículo 347, sino porque es un Derecho inherente a la persona humana. Recuerden que un artículo semejante no se hallaba en la Constitución de 1961 y aun así se redactó una nueva Constitución, dejando de lado la que hasta ese momento teníamos. Y así como el Pueblo convocó, indica también en qué condiciones se convoca. Y allí es en donde se observan la mayoría de las inquietudes.

Una inquietud importante de las que ha aparecido es ¿esas Bases Comiciales o Reglas de convocatoria deben ser votadas con este CNE tramposo? Se desprende de la interpretación del Dr. Haro que el Pueblo Soberano al convocar, suscribe con su firma no solo su voluntad de convocar sino de establecer las Bases o reglas que habrán de conducir al proceso: “…lo primero que se tiene que preguntar es si está de acuerdo el ciudadano en convocar una Asamblea Constituyente, un Poder Constituyente, al margen de la Constitución de 1999 y con base en unos parámetros, unas Bases Comiciales establecidas por los propios ciudadanos, número uno, y número dos, en ese caso si estaría de acuerdo en abrir un proceso electoral organizado por los ciudadanos para establecer quiénes van a ser los representantes en esa Asamblea Constituyente de Calle…” (José Vicente Haro, min 6:10 del video). Esto fue LO MISMO que se hizo en 1999, con la diferencia que ahora no necesitamos una sentencia del máximo tribunal sino que está en la mismita Constitución de 1999, en el Articulo 347.

Esto último respondería a aquellos preocupados por el CNE y las firmas. Si está organizado por los mismos ciudadanos las firmas no estarían en manos del régimen a través de sus Poderes Constituidos sino de la organización que se den ellos a fin de resguardarlas y hacerlas valer ante todo el mundo. De allí la importancia de las Bases Comiciales. El Proyecto País Venezuela Reconciliada Vía Constituyente está proponiendo unas Bases Comiciales (ver la Segunda Parte del libro que pueden descargar del sitio del Proyecto País en http://proyectopaisviaconstituyente.blogspot.com/) y las somete a la consideración de los ciudadanos para su discusión. Esas Bases se encuentran en constante renovación hasta que se de el proceso.

Pero lo más importante de todo aquí es el PARA QUE necesitamos pasar por todo este proceso. El Proyecto País Venezuela plantea un cambio del actual modelo de la estructura del Estado, regionalizando el PODER que tiene más de 200 años en manos de un Estado centralizado; y sustituirlo por un modelo de Estado Federal Descentralizado y Parlamentario, entregándole la administración de los recursos de la nación al país; y estableciendo un Pacto Federal donde los Estados definan su propio modelo de desarrollo y lo hagan realidad con sus Parlamentos y Constituciones Estadales.

Si cada Estado y Municipio contara, no con la miseria de un Situado Constitucional, sino con los recursos que ellos mismos generan, adicionalmente a los que les correspondería como parte de una verdadera federación, el desarrollo finalmente estará en manos de los ciudadanos en sus propios Estados, Municipios y Parroquias. Los recursos de todos no estarían en las manos de un gobierno que centraliza más del 80% de los ingresos sino de todas las Entidades Federales, haciendo por principio y construcción imposible el atraco descomunal del que hemos sido víctimas por todos los gobiernos. Esa es, entre otras, una de las razones por las cuales el régimen y su oposición no quieren cambios: el botín petrolero. Cualquiera que venga querrá manejarlo y montar su propio tinglado de influencia y enriquecimiento. Sucedió antes, está sucediendo ahora y seguirá sucediendo en el futuro si lo permitimos.

Un sistema de controles federal, aunado a un Parlamento a dos Cámaras, con capacidad de control del Presidente y del gobierno, cerraría la arquitectura propuesta de una vivienda moderna en donde cabríamos todos de una manera civilizada y reconciliada. Para realizar todo eso necesitamos hacer esa Constituyente y cambiar la Constitución. Y si el Quijote en nuestra circunstancia se hubiera encontrado con esos perros que le atribuye la leyenda, tal vez le hubiera dicho con sobrada razón: “Sancho, aunque los perros ladren no dejaremos de cabalgar. La gesta es dura pero la causa es noble…”.

Caracas, 10 de Julio de 2014

Twitter:@laguana

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